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¿A partir de qué velocidad te quitan puntos del carnet de conducir y que importes conllevan las sanciones?

Entendemos que en ocasiones los usuarios se pueden despistar y sobrepasar los límites de velocidad 😉. Por eso, para que te hagas una idea cuando te «pillen», te dejamos explicado las distintas sanciones y lo que acarrean.

Empezamos con esta tabla resumen para que la puedas consultar.

Tabla sanciones DGT por velocidad

No es de extrañar que en España las multas por exceso de velocidad son las más habituales. Si contamos radares fijos, de tramo y móviles, hay un total de casi 2.000 puntos de control de la velocidad en las carreteras españolas. Según los datos que facilita la DGT.

Los despistados que mencionamos más arriba, podéis estar tranquilos que en la mayoría de los casos se solventará con una «módica» sanción económica (100 euros con una posible reducción por pronto pago). Entendemos por despistados aquellos que superarán la velocidad legal permitida por pocos km/h, que son la gran mayoría de los casos. Ahora bien, aquellos a los que les pese más el pie en el acelerador, les acarreara la pérdida de puntos del carnet de conducir.

Sanciones leves (sin puntos)

Estas son las sanciones más suaves. Son multas sin retirada de puntos. Básicamente, son aquellas que no se supere la velocidad permitida en 20 km/h en ciudad y 30 km/h en carretera.

Ejemplo; si te «cazan» a 50 o 70 km/h en ciudad en zonas con límite de 30 o 50 km/h respectivamente, o hasta 150 km/h en autovías/autopistas con límite a 120 km/h, tendrás que abonar 100 euros.

Recuerda que si realiza el pago en el periodo de 20 días a partir de la fecha de notificación de la multa, el importe se verá reducido en un 50% por pronto pago.

Velocímetro

Sanciones graves y muy graves (hasta 6 puntos y 600 euros)

Aquí la cosa ya se pone seria. Cuidado a los que les pesa el pie y superan las cifras mencionadas anteriormente, ya que entramos en el terreno de la sanciones graves y muy graves.

En ciudad el margen se reduce; si te salta entre 21 y 30 km/h por encima del límite son 2 puntos y 300 euros; de 31 a 40 km/h por encima son 4 puntos y 400 euros; y de 41 a 50 km/h o más de 51 de excedido, la perdida será de 6 puntos y de 500 a 600 euros respectivamente en lo que respecta la multa económica.

En carretera el margen es mayor; si te salta entre 31 y 50 km/h por encima del límite son 2 puntos y 300 euros; de 51 a 60 km/h por encima son 4 puntos y 400 euros; y de 61 a 70 km/h o a más de 71 de excedido, la perdida será de 6 puntos y de 500 a 600 euros respectivamente en lo que respecta la multa económica.

Fuente: DGT, vía Twitter

Reflexión: conducir con cuidado, siempre con el vehículo en perfectas condiciones de uso y atentos, que ahora ya sabéis las consecuencias económicas/puntos que pueden comportar en caso de que os pillen, además de las físicas en caso de siniestro.

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